Tras la elaboración del borrador para el proyecto de ley del juego que regula las slost y apuestas de contrapartida online, la Comisión Europea deberá estudiarlo y pronunciarse si respeta la normativa o no. La decisión está prevista que la tome el próximo 19 de junio.
En el texto que la Dirección General de Ordenación del Juego envió al TRIS (Technical Regulations Information System) explica que “con la aparición de nuevos canales de participación basados en los nuevos servicios de comunicación electrónica se hace necesario regular las máquinas de azar encuadradas en la modalidad de juego Otros Juegos y recogida por la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego”.
“Transcurrido cierto tiempo desde entonces, se ha considerado oportuno proceder a su regulación, en atención a determinadas razones. Por un lado, la importancia que este juego tiene para el consumidor. Por otro, la corroboración de dicha importancia a partir del peso de dicho juego en la oferta ilegal. Finalmente, la determinación de las implicaciones precisas que para el interés público se derivan del juego de máquinas de azar, en particular en lo que se refiere a la salud pública”, indica el texto.
En este sentido, la DGOJ asegura que permitir la comercialización en el canal online de máquinas de azar “complementaría e incrementaría la coherencia del mercado regulado,facilitando la canalización tanto de la demanda como de la oferta hacia aquél, potenciando la protección del jugador, impidiendo el acceso de éste a menores y autoexcluidos e incluyendo este juego dentro de la política transversal de prevención, detección y tratamiento de juego compulsivo o patológico. Todo ello permitiría conseguir dicho objetivo en mayor medida.
En cuanto a las apuestas cruzadas, el ente regulador asegura que derivado de la no regulación de las apuestas cruzadas, es constatable la existencia de un mercado de este tipo de juego que opera fuera de la regulación española, y al que se puede acceder a través de determinadas herramientas y procedimientos tecnológicos desde nuestro territorio por jugadores españoles. La inactividad regulatoria serviría para fortalecer la existencia e importancia de dicho mercado ilegal, en el que tanto los participantes como los intereses de carácter público no gozan de la suficiente y necesaria protección.
Adicionalmente, apunta la DGOJ, “desde un punto de vista más amplio de la protección del jugador en atención a la protección del orden público, y al funcionamiento de la oferta de juego, existen otros aspectos que se verían sustancialmente mejorados. Destaca:
1. Eliminación de juego injusto, deshonesto y corrupto
• Integridad de los juegos
• Prohibición de realizar préstamos a los jugadores o entre los jugadores
• Control de acceso de personas vinculadas y demás prohibiciones subjetivas
2. Mejora de la seguridad del entorno del jugador
• Integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información
• Garantías en relación con los depósitos, premios y límites de participación
• En relación con los premios
• En relación con los límites de participación
• Mayor garantía de cumplimiento de las condiciones de contratación
• Menor riesgo de fallos en la seguridad de las comunicaciones
• Suplantación de la identidad de jugadores
• Pérdida de confidencialidad de los datos
3. Reducción del riesgo de actividades delictivas
• Menor riesgo de blanqueo de capitales, derivado del cruce de ofertas de apuestas de acuerdo con su orden de llegada y de
forma anónima.
• Menor riesgo de utilización fraudulenta de datos personales
4. Reducción de las distorsiones del mercado
• Complementación de la oferta de juegos con un producto importante, proporcionando un marco más coherente e integrado
para la explotación y el consumo de estas actividades
• Reducción de la competencia desleal derivada del mercado ilegal
• Favorecimiento de la competencia efectiva entre operadores habilitados y posicionamiento de operadores no preeminentes
Fonte: Opergame
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